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Calculá cuánto te corresponde por despido

Cargá tus fechas y tu sueldo: el número aparece mientras escribís, rubro por rubro y con el artículo de la ley de cada uno. Abajo, las horas extras y la escala salarial de tu convenio.

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  • CCT 122/75 - Sanidad (FATSA)

El día que EMPEZASTE a trabajar de verdad, aunque el recibo diga otra cosa.

El día que te despidieron, renunciaste o mandaste el telegrama.

El mejor mes de los últimos 12, en bruto (antes de los descuentos). Si cobrabas una parte sin recibo, sumala igual: la ley mira lo que ganabas de verdad.

¿Qué pasó?Elegí lo que dice el telegrama, no lo que te dijeron de palabra.
¿Cómo estabas registrado/a?Esto no cambia lo que te corresponde por antigüedad, pero puede agregar multas importantes.
TelegramasDe esto dependen las multas. Tildá solo lo que ya hiciste: si no estás seguro/a, dejalo sin tildar y lo vemos juntos. Tildado suma plata que todavía puede no corresponderte.

Completá las dos fechas y tu mejor sueldo mensual. El resultado aparece solo, mientras escribís.

Cada rubro explicado en criollo, el tope del art. 245 y lo que más nos preguntan, en la página de indemnización por despido.

¿Querés saber cuánto te corresponde de verdad?

Contanos tu caso y lo revisa un abogado. Es sin cargo y no te comprometés a nada. Si tenés los recibos y los telegramas a mano, mejor: con eso el número deja de ser una estimación.