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El bono del Día de la Sanidad: cuánto es según tu convenio

El 21 de septiembre es el Día de la Sanidad y con el sueldo de este mes llega un pago único por esa fecha. Cuánto te toca depende del convenio que te apliquen, y en internación domiciliaria es casi once mil pesos más bajo.

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Dos trabajadoras de la salud con ambo azul, de pie en el pasillo de un hospital, miran juntas un recibo impreso que una de ellas sostiene.Imagen ilustrativa

El 21 de septiembre es el Día de la Sanidad, y con el sueldo de este mes llega un pago único por esa fecha. Es aparte del sueldo, aparece en un renglón propio y no todos cobran lo mismo.

Cuánto te toca depende de cuál de los convenios de sanidad te aplican, que es algo que mucha gente del rubro no tiene claro: la misma tarea, en una clínica o en internación domiciliaria, cae en convenios distintos y cobra distinto.

Cuánto es, según tu convenio

Estos son los montos acordados para este año, tal como los publicó el gremio:

  • CCT 122/75 — $68.925,70. Clínicas, sanatorios, geriátricos y neuropsiquiátricos.
  • CCT 459/06 — $68.920,58. Emergencias médicas, medicina domiciliaria y traslados de pacientes.
  • CCT 108/75 — $68.863,34. Institutos médicos, odontológicos, laboratorios, rayos y consultorios.
  • CCT 743/16 — $58.003,00. Atención, cuidado e internación domiciliaria.

Fijate el último. En internación domiciliaria el bono es casi once mil pesos más bajo que en los otros tres convenios, por la misma fecha y el mismo motivo. No es un error del recibo: es lo que dice el acuerdo de ese convenio.

Si no sabés cuál te aplican, el recibo suele decirlo arriba, cerca del nombre de la empresa. Y si el recibo no lo aclara, lo define la actividad del lugar donde prestás servicios, no el nombre del puesto.

Va como suma no remunerativa

Y esto es lo que casi nadie mira. El bono se paga como suma no remunerativa, igual que la asignación mensual del acuerdo.

Quiere decir que ese dinero lo cobrás entero este mes, pero queda afuera del aguinaldo, de las vacaciones, de los aportes que van a tu jubilación y de la base de la indemnización.

Es el pago más grande del año que no cuenta para nada de lo que se calcula sobre el sueldo.

Lo desarrollamos entero en «no remunerativo» en tu recibo, que explica qué se puede discutir y cuándo.

Qué mirar en el recibo de septiembre

  • Que esté. Buscá un renglón con el nombre del día o del acuerdo. Si no aparece, preguntá antes de que pase el mes.
  • Que sea el monto de tu convenio. Compará contra la tabla de arriba.
  • Que no te lo descuenten de otra cosa. El bono es adicional: no reemplaza la asignación no remunerativa del mes.
  • Que estés en el convenio correcto. Si hacés tareas de clínica pero te liquidan por otro convenio más barato, ahí hay una diferencia que se reclama, y no es solo por este bono.
  • Si facturás como monotributista y no cobrás nada de esto, el problema es anterior: mirá monotributo y fraude laboral.

Qué papeles juntar

  • El recibo de septiembre, con el renglón del bono.
  • Los recibos de los meses anteriores, para comparar.
  • Cualquier papel que diga qué convenio te aplican: contrato, credencial, recibo con el CCT impreso.

No hace falta que estén todos. Con lo que haya, alcanza para empezar.

Los plazos

El plazo para reclamar diferencias de sueldo es de dos años (art. 256 LCT), y corre período por período: cada mes que pasa se cae el más viejo.

No es urgente hoy, pero tampoco es para dentro de un año. Si venís cobrando por un convenio que no es el tuyo, cada mes que pasa es un mes que ya no se puede reclamar.

Podés ver los básicos de tu categoría, mes por mes, en la escala salarial.